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LÍNEA CRÉDITO PERSONAL

CARACTERÍSTICAS DEL CRÉDITO PERSONAL.

IMPORTE
El importe solicitado por el cliente será de un máximo de 10.000€
CONDICIONES
La entidad pondrá a disposición del Prestatario una línea de crédito por el límite máximo aprobado, tras el análisis crediticio de la solicitud
DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato no sobrepasará los 60 meses
LOS PLAZOS
Deberá pagar lo siguiente:
Para el cálculo de la cantidad a pagar deberá de tener en cuenta las condiciones particulares que regirán el préstamo Personal y que se concretarán entre las parte y dentro de los límites máximos establecidos

Los intereses serán calculados:
Según la fórmula indicada en de la Ley 16/2011 de 24 de junio contratos de crédito al consumo
Intereses y/o gastos que deberá pagar el consumidor de la siguiente manera:
Las entregas parciales destinadas a amortizaciones se aplicarán en primer lugar al pago de los gastos, comisiones e intereses, por este orden, y finalmente, hasta donde alcance, a la amortización del capital dispuesto
IMPORTE QUE DEBERÁ PAGAR
El importe dispuesto por el cliente en función del tipo de crédito concedido. Los intereses generados en el plazo solicitado por el cliente, o los generados hasta la cancelación del crédito por parte de este en caso de hacerlo de forma anticipada antes de la finalización del mismo.
GASTOS RELACIONADOS CON EL CRÉDITO
Adicionalmente deberá pagar una comisión de saldo medio anual no dispuesto, siendo del  2% anual sobre el saldo medio natural no dispuesto, con un mínimo de 30,05 €
  
COSTES DEL CRÉDITO.

TIPO DEUDOR
El tipo de interés nominal anual máximo será de un 13%
EXCEDIDOS
El tipo aplicado máximo será de un 25%
COMISION DE ESTUDIO
La comisión de estudio será de un 0,5 aplicado sobre el principal
COMISIÓN DE APERTURA
La comisión de apertura será de un máximo de 3% sobre el límite del préstamo.
GASTOS POR CANCELACIÓN
Los costes de cancelación serán de  un 1% del importe reembolsado, si el periodo restante entre el reembolso anticipado y la terminación acordada del contrato de préstamo es superior a un año. Si ese periodo es inferior al año, la compensación no superará el 0,5% del importe del crédito reembolsado anticipadamente (Ley 16/2011 de contratos de créditos al consumo)
OTROS COSTES DERIVADOS
Comisión de reclamación de impago: la falta de pago de cualquiera de las cuotas devengará una comisión a favor de FIASSA, en concepto de reclamación de cuotas impagadas por un importe máximo de 35€

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA SOLICITAR PRÉSTAMOS PERSONALES

·         Documento Nacional de Identidad (DNI): Deberán verse el original y quedarse con la copia.
·         Un número de cuenta corriente, en el que se efectuará el ingreso del importe solicitado.
·         Fotocopias de las 3 últimas nóminas del titular del préstamo
·         Historia laboral del solicitante
·         La última declaración de la renta que haya presentado.
·         Las copias simples de los inmuebles que se puedan poseer
·         Los otros préstamos y financiaciones que tenga
·         Si es autónomo, la fotocopia del documento de alta como autónomo, la última declaración anual del IVA y los últimos pagos fraccionados de IRPF e IVA

*El importe de la cuota no debe suponer más de un 30% de los ingresos mensuales.


CONDICIONES  DE LA TARJETA FIASSA.
UTILIZACIÓN: Los poseedores de las Tarjeta Fiassa podrán realizar compras y obtener servicios sin necesidad de efectuar su pago en efectivo, en cualquiera de las entidades adheridas, siempre que se cumplan las presentes condiciones.
IDENTIFICACIÓN: Al realizar sus compras, el poseedor de la Tarjeta deberá presentarla debidamente firmada al empleado que le atienda. Asimismo, firmará los documentos de ventas justificantes de las compras o servicios, acreditando su personalidad.
LÍNEA DE CRÉDITO: Es el límite del crédito concedido y notificado al cliente que aparecerá, en su caso, en el resumen de compras. El saldo dispuesto no deberá exceder del importe de la línea de crédito concedida, salvo autorización de la FINANCIERA. Se entiende por crédito disponible, en cada momento, la cifra que resulta de restar a la línea de crédito el saldo dispuesto y la cantidad vencida y no pagada.
MODALIDADES DE PAGO: Se podrá optar por una de las siguientes modalidades de pago.
1.    PAGO TOTAL A FIN DE MES: Se efectuará el pago por la totalidad del Resumen Mensual de Compras.
2.    PAGO APLAZADO: Según las siguientes opciones:
a)    Porcentaje del saldo dispuesto. El Importe mensual a pagar será el porcentaje acordado sobre la totalidad del saldo dispuesto más los intereses correspondientes.
b)    Cantidad fija mensual: El importe total mensual será acordado. Cada recibo llevará incluidos los intereses mensuales y el resto hasta la cantidad fija correspondiente a la amortización de la deuda.
REEMBOLSO ANTICIPADO: El/Los Titular/es podrán reembolsar anticipadamente de forma total o parcial y en cualquier momento de vigencia del presente contrato, el crédito dispuesto, quedando obligados a pagar, por razón del reembolso, una compensación del 1 % del crédito reembolsado anticipadamente, si el plazo hasta la finalización de éste es superior a 1 año o del 0.5% si dicho plazo fuera inferior, obteniendo el beneficio de la reducción de los intereses correspondientes al plazo que quede por transcurrir.
EXCESO SOBRE LA LÍNEA DE CRÉDITO: En las modalidades de pago aplazado, el exceso sobre la línea de crédito concedida, en caso de producirse, se sumará al recibo del mes. La FINANCIERA se reserva la facultad de intervenir la cuenta de la Tarjeta cuando haya sido rebasada la línea de crédito.
PAGO APLAZADO: Para la modalidad de pago aplazado, se establece un pago mínimo mensual, sobre el saldo dispuesto, salvo que éste sea inferior, en cuyo caso se girará por la totalidad del mismo más los intereses correspondientes.
ESTADO DE CUENTA Y SALDO: En los primeros días de cada mes se enviará al Titular un Resumen de las Compras efectuadas por el Titular y/o sus autorizados durante el mes anterior en el que aparecerá la descripción de cada operación. En las modalidades de pago aplazado, se incluirá además un Extracto de la Cuenta así como el importe de los intereses calculados de acuerdo con el interés marcado en el contrato, que junto con la amortización del principal calculada conforma a la modalidad pactada, compondrán el importe del próximo recibo. A los efectos de saldo dispuesto se considerará cobrado, salvo buen fin, el recibo que vence el mismo día de la emisión del Extracto de la Cuenta. En el Extracto de la Cuenta no se incluirán los recibos vencidos y pendientes de pago. Su importe aparecerá en una línea informativa  y formará parte del saldo total de la cuenta como saldo complementario.
A los efectos del saldo dispuesto, se considerará cobrado, salvo buen fin, el recibo que vence el mismo día de la emisión del Extracto de la cuenta.
En el extracto de la cuenta no se incluirán los recibos vencidos y pendientes de pago. Su importe aparecerá en una línea informativa y formará parte del saldo total de la cuenta como saldo complementario.
PAGO DE LOS RECIBOS:
El pago se efectuará el último día hábil del mes siguiente al de la fecha del resumen de compras y del Extracto de la Cuenta, en su caso, sin que la FINANCIERA reciba reparos al mismo, mediante la presentación del adeudo al Banco o Caja de Ahorros en que se haya domiciliado los pagos.
Transcurridos 30 días de la notificación del Resumen de Compras o del Extracto de la cuenta, en su caso, sin que la FINANCIERA reciba reparos, se entenderá que el/los Titular/es están conformes con  todo su contenido, teniendo dicho extracto el carácter de documento de fijación y reconocimiento de saldo a todos los efectos, sin perjuicio del saldo complementario.
El pago de cualquier recibo no presupone el pago de los recibos anteriores.
CANCELACIÓN
Tanto el/los Titular/es como la FINANCIERA se reservan el derecho de su cancelación, previa comunicación escrita a la otra parte con una antelación de 14 días naturales. En ambos casos, el/los Titular/res se comprometen a entregar sus tarjetas al ser requeridos para ello. Dicha cancelación por parte de los Titulares, exige el simultáneo pago de la Totalidad de las cantidades adeudadas.
INCUMPLIMIENTO DE PAGO.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas de este contrato por parte de los Titulares, facultará a la FINANCIERA, bien para intervenir temporalmente a Tarjeta, o bien para anularla, en cuyo caso se dará por vencida anticipadamente toda la deuda con pérdida del aplazamiento y el saldo pendiente será exigible de inmediato, incluso por vía judicial.
A partir de la fecha del vencimiento de cada adeudo no satisfecho, se devengará un interés de mora 20%, asimismo, la FINANCIERA cobrará, en concepto de gastos de devolución, con un máximo de hasta  35€.

En caso de reclamación judicial, será por cuenta de los titulares el importe de cuantas tasas judiciales sean obligatorias para la admisión de la demanda.

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